A raíz de la entrada en vigencia de dicha norma, COLFECAR solicitó a la Secretaría Distrital de Movilidad convocar de manera urgente el Observatorio del Transporte, reunido a finales del año anterior, con el fin de analizar esta situación y tomar las medidas del caso que eviten un colapso en la prestación del servicio. COLFECAR señaló que a pesar de que el cargue y descargue de vehículos es un asunto concerniente de manera exclusiva al generador de la carga, por el incumplimiento de la norma el transportador debe asumir el pago de comparendos y multas. El presidente de COLFECAR, Jaime Sorzano Serrano, dijo que a pesar de que el Observatorio es el escenario idóneo para concertar, disponer y evaluar la implantación de las medidas que afectan el transporte y los procesos logísticos, sólo fue convocado en noviembre a pesar de que está contemplado que debe hacerlo una vez por mes. La norma daba un plazo de un año, para que los generadores de carga adecuaran sus instalaciones sobre la malla vial arterial, para el recibo, cargue y descargue de camiones o, en su defecto que lo hagan dentro de los horarios dispuestos para dichas operaciones. |